El miércoles 21, uno de los dos tenedores del predio donde fue encontrado el cuerpo de Rocío Abigail Riquel denunció que desconocidos habían ingresado y usurpado, de manera violenta e ilegal, el inmueble. Siete días después, con una orden judicial, se logró la restitución provisoria de las tierras y el desalojo de los usurpadores.
“Es una de las herramientas que nos da el nuevo Código. Resolver, mediante una audiencia, la restitución de los bienes que han sido ilegítimamente usurpados. Vale la pena aclarar que esta figura estaba contemplada en el viejo digesto, pero ahora es mucho más expeditiva”, resumió el fiscal de la Unidad de Delitos Complejos, Pedro Gallo.
El sistema para gestionar la devolución de un inmueble ha cambiado considerablemente. Antes, el damnificado debía presentarse ante la Justicia, iniciar el expediente, ratificar la denuncia y solicitar la admisión de pruebas. Y la resolución quedaba en manos de los fiscales, que podían tomar dos caminos. Si se consideraba que existían pruebas necesarias, ordenaban la restitución provisoria hasta tanto se resolviese el conflicto. Pero también podían imputar a los acusados y entonces resolver.
Los posibles usurpadores podían oponerse a la medida y la cuestión era resuelta por un juez de garantías. El trámite, entonces, podía demorar semanas, meses y hasta años. Pero esta es tan sólo una medida cautelar; el proceso judicial debía continuar hasta que se conociera el fallo definitorio.
Con el nuevo código el sistema es diferente. El denunciante presenta la denuncia, el fiscal confirma el hecho y solicita una audiencia. En ese acto procesal, las dos partes argumentan su postura y presentan sus pruebas y el juez resuelve.
Otros cambios
“Esa no fue nuestra única solución a la que arribamos. Ya se ha intervenido en otras situaciones muy similares. El caso más concreto es la ocupación que hubo de predios en unos terrenos de la Dirección Provincial de Vialidad ubicados en Ranchillos. Se utilizó el mismo criterio y también se concretó la restitución provisoria”, destacó Gallo.
El fiscal general Mariano Fernández, de Concepción, donde el nuevo código procesal se aplica desde hace más de un año, también ponderó los resultados que se consiguieron. “Logramos desactivar tres usurpaciones importantes que ocurrieron en Concepción, Alberdi y La Trinidad. Se recibieron las denuncias, se hizo la audiencia y se despejaron las tierras ocupadas. Las víctimas son las que se terminan beneficiando”, explicó a LA GACETA.
Gallo agregó: “el Ministerio Público Fiscal, en su política, ha decidido prestarle mucho interés a este tipo de delitos. El objetivo es darle una respuesta rápida al denunciante”.
Polémica
Fuentes judiciales no pudieron determinar cuántos juicios por usurpaciones quedaron pendientes en el régimen conclusional. Varias de las víctimas, al conocer los resultados que se consiguen con el nuevo código, intentan que el caso se resuelva con este digesto. La discusión, por ahora, no se planteó formalmente, pero los profesionales no creen que puedan prosperar.
La Corte Suprema de Justicia estableció que hay un solo tipo de causas que debe adecuarse al nuevo digesto. Se trata de los expedientes en los que están involucrados menores de edad, ya sea por un delito que cometieron solos o acompañados por mayores de edad. Se estima que son al menos 1.500 las causas.
“Si bien la usurpación es un delito permanente y continuado, tiene una fecha de consumación que es el día en que se produce la usurpación y eso determina la competencia. La Ley en ese sentido es clara. Si empezamos a habilitar que se traten hechos anteriores en el nuevo sistema, vamos a abrir una puerta peligrosa. Lo que se debería hacer y se debería haber hecho es responder de manera rápida a las usurpaciones del viejo sistema”, explicó el abogado Patricio Char.
Su colega José del Río agregó: “sí se puede investigar el hecho con el nuevo código siempre y cuando no se tenga establecida con exactitud la fecha de la usurpación y se haya hecho la denuncia a partir del 1 de septiembre. Pero si se descubre que la ocupación de manera violenta fue anterior a la puesta en vigencia, deberá pasar al sistema conclusional”.
Hasta el momento, no trascendió que se haya presentado ningún caso de estas características en el Centro Judicial Capital. Dentro del ámbito de Colegio de Jueces, según trascendió, el tema no se ha tocado.
¿Cómo denunciar?
1- Debe realizar la denuncia en la Policía o en sede judicial relatando que fue despojado de su inmueble de manera violenta.
2- Tiene que adjuntar la mayor cantidad de evidencia posible para demostrar que la posesión del bien era suya.
3- Puede recurrir a boletas de servicios, imágenes y dichos de personas que demuestren que usted ejercía la posesión.
4- Solicite una audiencia en la Justicia para explicar en forma clara toda la prueba que presentó para denunciar al usurpador.
5- El juez interviniente, una vez que escuchó a todas las partes, resuelve y ordena una restitución provisoria o desestima la demanda.
Iniciativa
En Mendoza crearon un cuerpo interdisciplinario para evitar tomas
La usurpación de unos predios que pertenecen a una bodega en Mendoza generó la creación de un grupo especializado en combatir las usurpaciones en esa provincia. El Ministerio Público de esa provincia designó a un fiscal y a un auxiliar para que intervengan con los funcionarios de Seguridad y de la Policía. El intento de toma de las tierras fue desarticulado antes de que terminaran de instalarse un centenar de familias. Los funcionarios les avisaron que estaban cometiendo un delito y ordenaron a los policías desalojar.